La Justicia rechazó el pedido de un hombre para que su ex no aborte

La pareja se había separado en un contexto de violencia de género y el argumento de la Justicia fue que la decisión le corresponde a la mujer y está amparada por la ley.

La Justicia rechazó el pedido de un hombre para que su ex no interrumpiera su embarazo. Si bien en primera instancia dos jueces se declararon incompetentes frente al planteo (uno de ellos incluso pidió un abogado para el “niño por nacer”), un tribunal de alzada desconoció la demanda y remarcó que la decisión le corresponde a la mujer, que está amparada por la ley.

La Cámara de Apelaciones en feria de los tribunales provinciales confirmó el rechazo a una medida cautelar no innovativa en la que un hombre había pedido que su ex pareja no se practicara un aborto para interrumpir su embarazo de 10 semanas de gestación. Las abogadas de la mujer valoraron el fallo por tener perspectiva de género, a la vez que criticaron la decisión del juez de Primera Instancia que había designado a un abogado del niño para que intercediera, lo cual también fue dejado sin efecto.

La mujer se separó de su ex pareja en un contexto de violencia de género luego de convivir durante poco tiempo. Fue entonces que ella se enteró que estaba embarazada y así decidió interrumpir la gestación. Cuando se lo comunicó, él presentó un recurso de amparo en la Justicia. Ese fue el contexto previo a la medida judicial que llegó a la Cámara de Apelaciones en feria con un fallo que todavía no quedó firme, según explicaron a La Capital las abogadas Victoria Colombo y Sharon Juanto.

En su demanda, el hombre planteó: “Que no se tornen ilusorios los derechos que como padre le otorga el ordenamiento jurídico argentino y el derecho a la vida que desde la concepción goza la persona por nacer como derecho inalienable de toda persona para obtener la tutela judicial efectiva ante la amenaza grave e inminente de un derecho reconocido por el ordenamiento jurídico dentro del bloque constitucional, solicitó que se mantenga el embarazo a fin de preservar la vida de su hijo por nacer” . El juez de feria que tomó el caso le dio trámite, designó que interceda un abogado del niño y luego se declaró incompetente.

La instancia siguiente fue la desestimación de la medida cautelar con la que se pronunció el juez de Familia en feria, Gustavo Antelo, para luego también declararse incompetente. Para las representantes legales de la mujer el juez decidió “con buen criterio” al rechazar la medida cautelar dado que “no puede lograrse la inconstitucionalidad de la ley mediante una medida cautelar“.

En tanto, el viernes pasado los jueces Ariel Ariza y Edgar Baracat, de la Cámara de Apelaciones, confirmaron el rechazo de la cautelar. “Desde la perspectiva provisional y meramente liminar propia de este tipo de medidas, se observa que el marco de ejercicio de los derechos relativos a la interrupción voluntaria del embarazo regulada por la ley 27.610 corresponde a la mujer gestante, lo que la ley determina que debe garantizarse en un marco de trato digno, privacidad, confidencialidad y autonomía que conforman el núcleo a partir del cual no goza de verosimilitud la distinta versión sobre el embarazo que pretende introducir el accionante“, indicaron los jueces.

Sin perjuicio de lo que corresponda decidir al emitir el pronunciamiento definitivo, la determinación del contenido de la decisión atañe a la esfera de autodeterminación de la persona que cursa el embarazo”, describe el fallo. “No puede desconocerse que la potencial situación de vulnerabilidad invocada por la mujer podría resultar agravada con una interferencia procesal que el ordenamiento busca garantizar que no se produzca, atendiendo a la preservación de su ámbito de autodeterminación y privacidad“, continúa.

Además, se dejó sin efecto la vista al Colegio de Abogados para la designación de un abogado del niño que había ordenado el juez de Primera Instancia. Sobre ese punto las abogadas de la mujer valoraron que quede sin efecto dicha pedido al considerar que es una figura utilizada “para niños, niñas o adolescentes que tienen edad y grado de madurez suficiente como para dar indicaciones de lo que quieren hacer“.

A su vez las letradas criticaron que incluso cuando la ley la ampara la mujer tuvo que “explicar ante seis jueces por qué quiere abortar“, lo que generó que quedara expuesta a una mayor vulneración de sus derechos. La ley de interrupción voluntaria del embarazo contempla el derecho al aborto hasta la semana 14 de gestación.